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Hemos respondido a las preguntas más frecuentes de nuestros clientes para ahorrarte tiempo

Me ha caducado el permiso de conducir, ¿cuánto tiempo puedo conducir con él caducado?

No hay plazo alguno. Desde el mismo momento en que su permiso caduca no está autorizado administrativamente para llevar su vehículo. Actualmente no hay sanción administrativa por no renovar su permiso caducado, ni tampoco un plazo determinado para renovarlo, pero es importante que no conduzca cuando su permiso no esté en vigor ya que las sanciones si lo hace, pueden ser importantes.

¿Con cuánta antelación puedo hacer la renovación?

Tres meses antes, y la Jefatura le respetará la fecha de caducidad del permiso que renueva.

¿Puedo cambiar el domicilio que figuraba en el permiso viejo?

Sí, nosotros podemos realizar el cambio de domicilio, previa autorización suya por escrito. No es necesario que vd. nos aporte ningún certificado de empadronamiento.

Tengo aún el permiso de conducir antiguo pero está en vigor por bastante tiempo, ¿puedo cambiarlo por el nuevo?

Si, solicitando un duplicado en la Jefatura de Tráfico o en una gestoría. Tendrá que aportar el permiso antiguo y una fotografía actualizada. Le darán un permiso provisional hasta que la Jefatura le envíe, por correo ordinario, el nuevo permiso a su domicilio. Este permiso mantendrá la misma fecha de caducidad que el antiguo.

Me voy al extranjero y necesito conducir, ¿puedo hacerlo con mi carnet que está en vigor?

Si el país al que va a viajar tiene convenio con España o es miembro de la UE su permiso tendrá una validez para conducir como turista por un tiempo máximo de 6 meses.

Para el resto de países (sin convenio) tendrá que solicitar el permiso Internacional que tiene validez por un año. Tendrá que llevar el DNI, permiso de conducir y una fotografía. Podrá realizar este trámite en la Jefatura Provincial de Tráfico o en una gestoría.

¿Qué enfermedades me pueden impedir renovar / obtener el permiso de conducir?

La normativa plantea una amplia visión en cuanto al cuidado de la salud física y psicológica se refiere, de cara a una conducción segura. No es, ni mucho menos, la intención de dicha normativa la imposición de la no conducción, sino la vigilancia de que la conducción sea lo más segura posible, tratando de adoptar las medidas y adaptaciones necesarias para que el conductor esté en las mejores condiciones ante el volante.
Hay una clara visión por parte de dicha normativa de la conducción como elemento de integración y adaptación social en todas las edades, especialmente en sectores tan mayoritarios como la tercera edad, o en aquellos con mayores dificultades para su movilidad.

Si quiere hacer alguna consulta al respecto, todo está recogido en el Anexo IV del RD 818/2009 de 8 de Junio y su posterior modificación por la orden 2356/2010 de 3 de Septiembre.

Algún amigo me ha recomendado que no cuente enfermedades o tratamientos que no se puedan detectar en el reconocimiento, ¿qué puede ocurrir?

El objetivo último de la Legislación vigente de la DGT respecto a los Centros de Reconocimiento de Conductores, es que el conductor esté en las mejores condiciones posibles ante el volante. No es el objetivo impedir la conducción, sino prevenir y adoptar las medidas necesarias para sentarse ante el volante en las mejores condiciones posibles, para uno mismo y para los demás. Por otro lado, la normativa obliga a informar a la Jefatura de cualquier cambio en el estado de salud que pueda afectar a sus condiciones psicofísicas, por lo que, en caso de conocimiento por parte de las autoridades pueden derivarse en una sanción, además de obligarle a hacer nuevas pruebas aunque haya sido declarado Apto por el Centro de Reconocimiento.

A esto hay que añadirle el riesgo de que en caso de accidente su Compañía Aseguradora pudiera no hacerse cargo de los gastos que se ocasionen.

¿He de volver a examinarme si dejo pasar la vigencia de mi permiso de conducir?

Según la normativa actual no  hay límite de tiempo para renovar su permiso  de conducir, pero recuerde que no debe conducir con él caducado, ya que puede ser sancionado con una multa de 200€.

Quiero poner en mi permiso de conducir una fotografía que me gusta, ¿puedo llevarla yo?

Si, nosotros le podemos escanear su fotografía y ponerla en el permiso de conducir nuevo. En el caso que ud. lo desee también podemos hacerle la fotografía digitalmente.

Me he operado de la vista y ya no necesito gafas, ¿qué tengo que hacer para que me las quiten del carnet?

Tanto si le caduca su permiso como si no, debe acudir al Centro de Reconocimiento con un informe de la Clínica Oftalmológica donde le intervinieron, en el que debe constar claramente, la fecha de la intervención, su agudeza visual anterior y posterior a la cirugía y si hay algunas secuelas, todo esto una vez pasado un mes de la misma.

Me han robado / he perdido el permiso de conducir, ¿qué tengo que hacer?

Si le faltan más de tres meses para que caduque debe ir a Tráfico o a una gestoría y solicitar un duplicado. Si su permiso era el antiguo deberá llevar además del DNI en vigor y una fotografía actualizada. Si ya tenía el permiso nuevo basta con que lleve el DNI en vigor.

Si su permiso ya estaba caducado o se encontraba dentro del periodo de tres meses en el que puede iniciar su tramitación, debe acudir a nuestro centro para solicitar la renovación del mismo aportándonos el DNI en vigor y, recuerde, no es necesario que traiga fotografía, la realizamos en el centro en el momento de la renovación.

¿Puedo conducir con la autorización temporal por el extranjero?

No se puede conducir fuera de España con el provisional, necesita el Permiso Internacional. Para ello puede ir a la Jefatura de Tráfico o a una gestoría, debe llevar el provisional del permiso, el Permiso de Conducir, DNI y una fotografía.

Tengo una patología crónica (endocrina, cardióloga, neurológica…), ¿puedo conducir?

Estando correctamente tratado lo mas probable es que no tenga ningún problema, ya que la normativa esta dirigida a lograr una conducción lo más segura posible, lo que se logra con una valoración adaptada a cada caso particular. Es necesario, por tanto, que en caso de tener algún tipo de patología, aporte un informe lo más actualizado posible emitido por el médico que le trata, que es por otro lado el especialista que le conoce y sabe la evolución y estado de su salud, para emitir su informe de renovación/obtención adaptado a sus facultades y necesidades, acorde a la normativa de la DGT, valorado por nuestros especialistas.

Si voy yo a Tráfico con mi reconocimiento a renovar el permiso de conducir, ¿me dan el permiso en el momento?

No, actualmente los permisos de conducir se hacen en la Fábrica de Moneda y Timbre por lo que le darán una autorización temporal para que pueda conducir hasta que reciba el nuevo permiso en su domicilio.